Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez constitucional de la reforma a la Ley Minera que establece la explotación y aprovechamiento del litio de manera exclusiva por parte del Estado mexicano. El pleno del alto tribunal resolvió por unanimidad desestimar la acción de inconstitucionalidad 78/2022, promovida originalmente por una minoría de senadores de oposición que impugnaban la reserva estratégica del mineral.
La ministra ponente, Sara Irene Herrerías Guerra, explicó que los argumentos presentados por los legisladores quejosos, los cuales cuestionaban las facultades del Congreso para reservar el litio, carecían de sustento jurídico tras la reforma constitucional publicada el 31 de octubre de 2024. Dicha modificación incorporó expresamente este recurso como un área estratégica en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, prohibiendo de forma taxativa el otorgamiento de concesiones a particulares.
Como resultado de esta resolución, quedan plenamente vigentes los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera reformada. Estas disposiciones reservan al Estado la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, declaran como zonas de reserva minera los yacimientos de este metal y prevén la creación de un organismo público descentralizado encargado de su gestión operativa, consolidando así la rectoría nacional sobre el recurso.
En su análisis, la Corte también abordó la exigencia de consulta previa a pueblos indígenas y comunidades afromexicanas. El tribunal determinó que la norma en sí misma no requiere dicho proceso, al tratarse de una disposición de carácter general que redefine la rectoría estatal sin generar un impacto directo e inmediato en las comunidades; no obstante, se precisó que la consulta será obligatoria cuando se trate de proyectos concretos de extracción.
Los ministros señalaron que la clasificación de los yacimientos como zonas de reserva minera se apega a los principios de legalidad y seguridad jurídica, dado que su aplicación debe seguir los procedimientos establecidos en la Ley Minera y su reglamento, los cuales exigen sustento técnico y la intervención del Servicio Geológico Mexicano para la identificación de las áreas.
Con este fallo, el máximo tribunal cierra la controversia jurídica iniciada en 2022, otorgando certeza legal al marco normativo que impide la participación de privados en la cadena de valor del litio, a diferencia de otros minerales que mantienen un esquema de concesiones bajo ciertas condiciones.
