Ciudad De México, 25 de junio de 2026.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para la vinculación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con las líneas telefónicas celulares, modificando la fecha límite original establecida para el 30 de junio de 2026.
La autoridad estableció un calendario escalonado para que los usuarios de líneas de prepago completen el trámite entre agosto y diciembre de 2026. La fecha límite dependerá del último dígito del número telefónico: los que terminan en 0 tendrán hasta el 15 de agosto; los que terminan en 1, hasta el 31 de agosto; los que terminan en 2, hasta el 15 de septiembre; y los que terminan en 3, hasta el 30 de septiembre.
Para el segundo semestre, el calendario indica que los números con último dígito 4 deberán registrarse antes del 15 de octubre; los que terminan en 5, antes del 31 de octubre; los que terminan en 6, antes del 15 de noviembre; y los que terminan en 7, antes del 30 de noviembre. Finalmente, las líneas que terminan en 8 tendrán como fecha límite el 15 de diciembre, mientras que las que terminan en 9 podrán realizar el trámite hasta el 31 de diciembre.
La CRT advirtió que, vencido el plazo correspondiente a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas no vinculadas en las siguientes 72 horas. Durante dicha suspensión, las líneas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo. Una vez que se vincule la línea, la compañía restablecerá todos los servicios, incluyendo llamadas, mensajes y datos móviles.
A la fecha del anuncio, ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones son de prepago y 22.8 millones son de pospago. Se indicó que las líneas de pospago generalmente ya se encuentran asociadas a una persona desde su contratación y no requieren un nuevo trámite. El proceso no lo realiza el gobierno, sino que se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas, las cuales únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso.
En caso de que se cometa un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas, cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. La CRT señaló que “cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión”. Con esta medida, México se suma a una práctica vigente en 166 países donde la adquisición o activación de líneas requiere algún mecanismo de identificación del usuario.
