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SCJN invalida normas de Durango y Nayarit sobre sesiones privadas y evaluación judicial

Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia y mecanismos de evaluación de candidaturas contrarios al modelo federal. La decisión, tomada durante la sesión del Pleno del 23 de marzo de 2026, reafirma los principios de publicidad y paridad en los sistemas de justicia locales.

En el caso de Durango, la Corte declaró inconstitucional una norma que pretendía establecer la privacidad como la regla predominante para las deliberaciones del máximo tribunal estatal. Los ministros consideraron que tal disposición contraviene los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función jurisdiccional. Asimismo, se invalidaron otras disposiciones relacionadas con la duración de los mandatos de los magistrados, aunque la investigación disponible no detalla el resultado numérico específico de la votación ni la hora exacta en que se dio la resolución.

Respecto a Nayarit, la SCJN eliminó el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, por considerar que este esquema contravenía el modelo federal establecido para la selección de operadores de justicia. La Corte reconoció además una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit, al no incorporar en su marco jurídico los principios de insaculación y paridad de género, elementos considerados fundamentales para garantizar la equidad en el acceso a los cargos judiciales.

Los involucrados en estas acciones de inconstitucionalidad incluyen al Poder Ejecutivo Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quienes promovieron los recursos legales contra las reformas aprobadas por los congresos locales de ambas entidades. La resolución de la Corte tiene implicaciones directas para la estructura de los poderes judiciales estatales, obligando a las legislaturas de Durango y Nayarit a adecuar sus normativas a los criterios establecidos por el máximo tribunal del país.

Esta resolución se suma a la jurisprudencia reciente que busca uniformar los criterios de transparencia y evaluación en los sistemas de justicia de las entidades federativas. Si bien la investigación no especifica si el criterio sobre sesiones públicas se aplica automáticamente a todos los estados como precedente vinculante general, la invalidación de estas normas marca un precedente sobre la interpretación de los principios constitucionales en materia de impartición de justicia a nivel local.

La decisión de la SCJN deja a los congresos estatales la obligación de modificar sus leyes orgánicas y de procedimientos para cumplir con los estándares federales, asegurando que las sesiones de los tribunales sean públicas por regla general y que los procesos de evaluación y selección de magistrados respeten la paridad de género y los mecanismos de insaculación previstos en la legislación nacional.

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