Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, respondió a la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición contra los cambios realizados a la Ley Minera en 2022.
La ponente del proyecto, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, condujo el análisis que derivó en el aval de los artículos 1, 5 bis y 10 de la legislación minera. Con esta decisión, el alto tribunal confirmó la validez de las disposiciones que nacionalizan la cadena productiva de este mineral estratégico, rechazando los argumentos jurídicos presentados por el grupo legislativo impugnante.
En su resolución, la Corte concluyó que no era requerida una consulta previa a pueblos indígenas y afro Mexicanos para la aprobación de dicha reforma. El tribunal determinó que la norma tiene carácter general y no genera un impacto directo e inmediato sobre las comunidades, lo que exime al Estado de la obligación de realizar el proceso consultivo exigido en otros casos de legislación específica.
La sentencia pone fin al debate jurídico iniciado hace cuatro años respecto a la propiedad sobre los recursos de litio en el subsuelo nacional. Al declarar la constitucionalidad de los artículos impugnados, la SCJN blindó el marco legal que impide la participación de privados en las etapas de exploración y explotación de este recurso, consolidando la postura del Ejecutivo federal establecida durante la administración anterior.
Con este fallo, se establece un precedente definitivo sobre la interpretación de la soberanía nacional aplicada a los minerales estratégicos. La resolución judicial queda firme y obliga a todas las autoridades a aplicar la Ley Minera bajo los términos que reservan al Estado la rectoría exclusiva sobre el litio.
